Jose Carlos Coya
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“Artículo único. Aprobación del Código Estructural. Se aprueba el Código Estructural, que se inserta a continuación.”Antes de la citada continuación con el código, hay una serie de disposiciones. Una de ellas responde a la pregunta más frecuente o, por lo menos, la primera que se suele hacer: ¿cuándo hay que empezar a aplicarlo? Pues bien, se aplicará en aquellos proyectos encargados antes del 10 de noviembre, siempre que la obra se inicie en un año si es edificación o tres años si es ingeniería civil. Entonces: ¿debe cundir el pánico? No diría pánico, pero algo sí habrá que moverse.
Muchas de las novedades no son cambios, sino ampliaciones de alcance. Por ejemplo, se aborda la gestión de las estructuras existentes, su reparación y refuerzo, aunque tampoco llega a entrar en muchos detalles. También se añaden las estructuras de acero inoxidable y las estructuras mixtas de acero y hormigón. Ahora bien, lo que se ha hecho es, a grandes rasgos, copiar el eurocódigo de estructuras mixtas. Esto entronca con uno de los aspectos más espinosos: ¿por qué se publica este código y no se adoptan de una vez por todas los Eurocódigos? Pocas respuestas hemos encontrado, quizás lo mejor será escucharlo de boca de alguien que estaba en la cocina:
https://www.youtube.com/watch?v=QPiyjZ-PnEI En el minuto 22 del vídeo explica cómo en los apartados de cálculo han traspuesto los eurocódigos, centralizándolos en un único documento que busca la coherencia con la legislación vigente en España sin entrar en aspectos que exceden las competencias de la comisión. Otro argumento es incorporar todas las cuestiones de materiales, ejecución, control, etc. que no están incluidas en los eurocódigos sino en otras normas dispersas. Por otra parte, existe un clamor en el sector demandando la aplicación de los Eurocódigos. Esta entrada del blog, titulada “Carta abierta sobre el Nuevo Código Estructural”, Estructurando ofrece uno de los exponentes más argumentados, analizando diversas incoherencias. La redacción del Código estructural publicada en el BOE permite calcular indistintamente con la formulación del propio código o con los eurocódigos (además de la clásica opción de métodos alternativos bajo responsabilidad personal).“Si existe reglamentación específica de acciones, este Código se aplicará complementariamente a la misma.”No obstante, hoy no nos dejaremos llevar por el debate entre el CE y los EC, toca hablar del CE (Código estructural). Para acotar el campo, nos centraremos en edificación. Decíamos que añade las estructuras de acero inoxidable y las mixtas; sin embargo no se han incluido las estructuras de acero formadas por chapas delgadas, frecuentes cada vez en más campos, especialmente en cubiertas de naves y en viviendas. En ningún momento van más allá del radio de acción de las comisiones permanentes de hormigón y acero, es decir, no hay absolutamente nada sobre estructuras de fábrica, madera o aluminio, sobre sismo ni sobre geotecnia. En este punto llama la atención que incluso excluye explícitamente las cimentaciones profundas, incluso los encepados, que se construyen con hormigón.
“En obras de edificación, para pilares, forjados y vigas se utilizará un hormigón de consistencia fluida salvo justificación en contra.”Cuando tenemos hormigones especiales, la cosa cambia. Por ejemplo, con hormigones autocompactantes la consistencia se sustituye por la autocompactabilidad: T-R/AC/TM/A Los aceros para armaduras pasivas siguen manteniendo los clásicos B 400 S, B 500 S, B 400 SD y B 500 SD. Los aceros laminados siguen siendo los clásicos S 235, S 275, S 355 y S 450. A nivel de cálculo, podríamos sintetizarlo en que se adoptan los métodos de los eurocódigos. De hecho, se podrán usar los eurocódigos para los que estén publicados los anejos nacionales o bien aplicar el código, que es casi copia de los mismos. Casi. En mixtas obviamente no hay cambios sobre la normativa anterior porque no existía normativa anterior. En acero los cambios son mínimos porque la EAE ya era casi un calco del EC-3 en el apartado de cálculo. En hormigón los cambios son significativos. En flexión y compresión, que son temas bastante claros, cambia poco, pero en cortante y punzonamiento el método es bastante diferente. Se incorpora el control de la fisuración sin cálculo directo -limitando los diámetros- y en flechas se mantiene la exención por esbeltez con la tabla general y con el coeficiente K (no así la tabla de unidireccionales) mientras que el método de cálculo no aparece ya de forma explícita, solo da unas indicaciones de las condiciones para validar cualquier método de cálculo. En resumen, el Código Estructural ofrece algunos cambios pero sobre todo añade contenidos, siempre dentro de su ámbito de aplicación que se limita a las estructuras de hormigón, de acero y mixtas de hormigón y acero. En este sentido, el nombre es un tanto ambicioso, pero en cualquier caso tenemos ya bastantes cuestiones que tratar que iremos detallando poco a poco en posteriores publicaciones.
Jose Carlos Coya