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Eficiencia energética en los informes de evaluación de los edificios

El Informe de Evaluación de los Edificios (de ahora en adelante IEE), más conocido por su acrónimo IEE, es un documento que justifica y recoge información global sobre distintos aspectos del edificio y, en todo caso, la valoración sobre el estado de conservación, las condiciones básicas de accesibilidad universal y la certificación de la eficiencia energética. Las Comunidades Autónomas y Ayuntamientos ya disponen de normativa propia que regula la forma en la que debe realizarse el IEE, sus contenidos, edificaciones a las que afecta y otros aspectos relevantes del mismo. De forma general, esta normativa autonómica y municipal remite al modelo de IEE publicado en el Anexo del Real Decreto 233/2013, de 5 de abril, por el que se regula el Plan Estatal de fomento del alquiler de viviendas, la rehabilitación edificatoria, y la regeneración y renovación urbanas, 2013-2016 (existe una aplicación web operativa que ofrece el Ministerio de Fomento a los técnicos usuarios que elaboran este tipo de documentos: https://iee.fomento.gob.es/).

RD 233/2013, de 05 de Abril

La obligatoriedad de presentación de un IEE está pensada - de forma generalizada a expensas de lo dictado en cada Comunidad Autónoma o Ayuntamiento - para los siguientes tipos de edificios: Para todos los edificios, con independencia de su tipología, en los que sus propietarios pretendan acogerse a ayudas públicas con el objetivo de acometer obras de conservación, accesibilidad universal o eficiencia energética. En este caso, el IEE deberá ser presentado con fecha anterior a la solicitud de la correspondiente ayuda.

Para los edificios de “tipología residencial de vivienda colectiva” con antigüedad superior a cincuenta años. Según la Ley son edificios de tipología residencial de vivienda colectiva aquellos compuestos por más de una vivienda con independencia de que puedan contener otros usos; así como los destinados a ser ocupados o habitados por un grupo de personas que, sin constituir núcleo familiar, compartan servicios y se sometan a un régimen común, tales como hoteles o residencias. eficiencia energética - conservaciónEdificio con IEE

El IEE contendrá la siguiente información:
  1. La evaluación del estado de conservación del edificio.
  2. La evaluación de las condiciones básicas de accesibilidad universal y no discriminación de las personas con discapacidad para el acceso y utilización del edificio, de acuerdo con la normativa vigente.
  3. La certificación de la eficiencia energética del edificio, con el contenido y mediante el procedimiento establecido en la normativa vigente, basada en el Real Decreto 235/2013, de 5 de abril, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios,
En muchos casos, la normativa autonómica o local exige llevar a cabo una inspección técnica de los edificios (ITE), informe que abarca normalmente aspectos relacionados con el estado de conservación y seguridad del edificio. En el caso de existir una ITE de un edificio, para la solicitud de subvenciones, es posible aportar esa ITE en vigor, que deberá completarse con el resto de documentación necesaria, es decir, con el certificado de eficiencia energética del edificio y con el informe de condiciones básicas de accesibilidad universal. En cuanto al tema relacionado con los “técnicos titulados competentes” que pueden presentar legalmente este tipo de trabajos, la situación legal de las competencias para suscribir el Informe de Evaluación de Edificios (IEE) está basado principalmente en sentencias del Tribunal Supremo (TS). Existen sentencias contra diferentes recursos de casación presentados por organismos autonómicos que tienen competencias en esta materia, habilitando el TS a titulaciones que en principio no estaban admitidas. En principio, serían los Arquitectos y los Arquitectos Técnicos los que estarían siempre reconocidos como técnicos facultativos competentes, pero en la actualidad se pueden sumar los Ingenieros Industriales e Ingenieros Técnicos Industriales (para otras titulaciones será aconsejable consultar en la administración pertinente la competencia del titulado) en base a las sentencias del TS e informes de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC). Con todo esto no pretendemos posicionarnos en defensa de un tipo de titulación u otra, sino simplemente informar y poner en antecedente a todos los técnicos involucrados en esta materia. En relación con los contenidos del informe, se puede comprobar que claramente se requiere de una cualificación y especialización en la materia por parte del técnico competente o profesional habilitado.
  1. En la parte correspondientes al estado y conservación del edificio es necesario tener amplios conocimientos en los tipos de materiales utilizados en la construcción y la causa de sus posibles patologías y/o deterioros. También conocimientos básicos en los sistemas estructurales más utilizados para garantizar la seguridad de los edificios.
  2. En la parte relativa a la condiciones de accesibilidad y no discriminación de los usuarios de los edificios será imprescindible ser conocedor de la normativa de aplicación actualizada, de este modo se podrá analizar la situación de cada edificio y plantear diferentes alternativas si fuese necesario. Además, se requieren unos conocimientos mínimos en materia de seguridad en caso de incendio, aquellas condiciones que afectan directamente a la accesibilidad, uso y evacuación de los usuarios de un edificio.
  3. En cuanto a la parte de certificación energética, es muy importante estar al día de las soluciones constructivas más novedosas con las que se pueden rehabilitar los edificios, y también conocer los sistemas más novedosos que pueden abastecer a un edificio desde el punto de vista energético, sistemas de alta eficiencia combinado con suministros de energías renovables.
Si nos centramos en la certificación de eficiencia energética de edificios existentes, debemos actuar principalmente sobre la parte constructiva, también conocida como la envolvente térmica, y la parte relativa a sus instalaciones térmicas (deberán estar recogidas en el libro del edificio para el IEE). Si deseamos acceder a las ayudas económicas acogidas a la presentación de un IEE, también será muy importante conocer las últimas tecnologías aplicadas a los servicios técnicos del edificio, incluidas las instalaciones térmicas y eléctricas, e igualmente se debe conocer los tipos de energías renovables más eficientes que se pueden aplicar a cada caso en particular. eficiencia energética - analisis

Análisis energético para certificación energética

Este conjunto de contenidos e información que se exige en un IEE no es algo que se pueda aprender de un día para otro, será recomendable acudir a una formación técnica especializada con la que el profesional pueda responder con seguridad a este tipo de trabajos, y además que abarque todos esos contenidos especializados para obra nueva y rehabilitación de edificios. Para cubrir todas estas necesidades, desde Zigurat Global Institute of Technology impartimos el Master en “Cálculo y Modelado BIM de Instalaciones” y el “Máster en Climatización con Eficiencia Energética”, con los cuales aprenderemos a justificar la parte relativa a las condiciones de accesibilidad y, fundamentalmente, a la certificación energética de un IEE a un alto nivel de especialización. Gestión de Proyectos Zigurat
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Autor

Diego Besada

Profesor en el Máster Internacional en Cálculo y Modelado BIM de Instalaciones de Zigurat Global Institute of Technology.